La iniciativa (boletín 5757), enviada al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional, permite este derecho en el país receptor donde el diplomático cumple funciones de representación. Con ello, se facilita la vida familiar y se establece un marco jurídico que permite mejorar sus condiciones de vida y de integración.
El Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Estado de Israel sobre Actividades Remuneradas para los Familiares de Funcionarios de una Misión Diplomática o Representación Consular, fue suscrito en Israel el 1 de noviembre de 2007.
El instrumento reconoce el interés de los familiares de los funcionarios, especialmente de sus cónyuges, de tener la posibilidad de trabajar en el Estado en que se encuentran destinados. Por ello, mediante este instrumento internacional, se facilita la contratación de dichos familiares en actividades remuneradas.
El Estado receptor se reserva el derecho a denegar la autorización para contratación en ciertas áreas. La autorización para dedicarse a una actividad remunerada será válida sólo mientras permanezca en el cargo el miembro de la misión diplomática o representación consular en el Estado receptor o como máximo tres meses después.
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